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AMBA entra en DISPO hasta el 29 de noviembre 2020

Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para AMBA

El DNU 875/20 confirmó lo manifestado por el presidente el viernes pasado, colocando al AMBA dentro del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, poniendo así fin a más de 200 días de ASPO. El nuevo DISPO se extenderá, en principio hasta el 29 de noviembre de 2020.

A partir de ello, la diferencia más significativa que podrá apreciarse es la falta de limitaciones al momento de movilizarse dentro del aglomerado urbano, sin la necesidad de contar con certificado de circulación. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el transporte público continuará reservado para personal esencial.

Por lo tanto, las personas que residan y trabajen en AMBA podrán concurrir todos los días a prestar servicios, pero teniendo en cuenta:

  • Que los mayores de 60 años, las embarazadas, las personas que forman parte de grupos de riesgo y quienes deben cuidar de niños y adolescentes continúan dispensados de asistir a trabajar.
  • Dentro del ámbito de trabajo está prohibida cualquier actividad en espacios cerrados que no pueda ser realizada respetando la distancia social entre personas (2 mts.), en un ambiente adecuadamente ventilado.
  • Que quienes no sean trabajadores esenciales no podrán utilizar el transporte público.

Por otro lado, existen otro tipo de consecuencias de salir del ASPO:

  • Si tenemos que atenernos al texto de la ley 27555 -Ley de Teletrabajo-, esta comenzará a regir dentro de los 90 días de haber finalizado el ASPO, es decir, el 8 de febrero de 2021, aunque todavía está en duda si podrá aplicarse por jurisdicción esta ley nacional.
  • Por otro lado, el 8 de enero de 2021 el Covid-19 dejará de ser considerado presuntivamente como enfermedad de carácter profesional, en los términos del apartado 2, inciso b) del artículo 6° de la ley 24.557. De esta manera, en caso de padecer la enfermedad producto del trabajo, y ante un rechazo de la cobertura de la ART, el trabajador deberá acudir a la Comisión Médica Central y probar la relación causal entre la enfermedad y su trabajo, salvo que se trate de un trabajador de la salud o de las fuerzas policiales.

Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio: actividades prohibidas

Como mencionamos, se aplicarán las normas del DISPO por primera vez a la región del AMBA.

En estos casos, la limitación de la circulación implicará la prohibición de la salida del departamento, aglomerado urbano o partido donde residan, existiendo una mayor libertad de movimiento dentro de la zona de residencia. De todas maneras, continuarán prohibidas las siguientes actividades:

  • Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas.
  • Eventos sociales o familiares en espacios cerrados.
  • Práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los y las participantes.
  • Cines, teatros, clubes, centros culturales.
  • Servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.

Normas comunes para ASPO y DSPO

Como siempre, se aclara que tanto para el ASPO como para el DSPO, la situación podrá modificarse en virtud de los resultados de los análisis epidemiológicos que se realicen.

Asimismo, se confirma una vez más la dispensa de concurrir al lugar de trabajo para:

  • Mayores de 60 años.
  • Mujeres embarazadas.
  • En grupos de riesgo por patologías preexistentes.
  • Aquellas que deban cuidar a niños, niñas y adolescentes.

De igual modo que el DNU 792/20, se mantiene que estas personas percibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual neta de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, con excepción de los aportes y contribuciones destinados a la obra social y a jubilación.

Finalmente, continúa la autorización de las reuniones sociales al aire libre de no más de 10 personas, siempre que se cumpla con el uso del tapaboca y la distancia social. Y se plantean los parámetros sobre los que se analizará la vuelta y continuidad del dictado de clases.

 

 




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