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Extienden la suspensión de actividades sindicales masivas hasta marzo de 2021

El Ministerio de Trabajo ha publicado la Resolución 1199/20 que prorroga hasta el 28 de febrero de 2021 la suspensión de los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales. De esta forma, se extiende lo determinado por las resoluciones 259/20 y 489/20.

Por lo tanto, se extienden nuevamente los mandatos que hubiesen vencido después del 16 de marzo de 2020 de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, del mismo modo que los de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares. Ésta prórroga prorroga estos cargos por 180 días a contarse desde el 28 de febrero de 2021.

Aclara la Resolución, tal y como lo hicieron las anteriores, que la prorroga no comprende a las entidades que hayan finalizado su proceso eleccionario antes del 16 de marzo de 2020, fecha a partir de la cual se suspendieron las elecciones de este tipo a través de la Resolución 238/20 del Ministerio de Trabajo.

Se reitera que en el caso que los órganos directivos de las asociaciones deban realizar actos necesarios para el normal desempeño de la organización sindical, deben ser llevados a cabo de forma virtual, suscribiéndose los registros una vez finalizado el Aislamiento social, preventivo y obligatorio.




Esteban Sojo

Esteban se especializa en el asesoramiento integral a empresas en temas de derecho laboral. Su práctica se focaliza en el derecho del trabajo individual y colectivo. También forma parte del equipo dedicado a los juicios laborales complejos. Publicó diversos artículos sobre temas de su especialidad.

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