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¿Cuáles son los requisitos para recibir el REPRO II sobre las remuneraciones de diciembre 2020?

19 de enero 2021 – Mediante la Resolución 16/21, el Ministerio de Trabajo estableció los
parámetros que se aplicarán para otorgar los beneficios del Programa REPRO II sobre las
remuneraciones devengadas durante el mes de diciembre 2020.

De esta manera, los empleados de empresas de menos de 800 trabajadores percibirán el
beneficio siempre que la empresa haya presentado una variación porcentual interanual de la
facturación menor al 10%, y cumplan con, al menos, tres de las siguientes métricas:

  • Variación porcentual interanual del IVA compras menor a 10%.
  • Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) mayor a 0,6.
  • Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) menor a 1,6.
  • Variación porcentual interanual negativa del consumo de energía eléctrica y gasífera.
  • Variación porcentual interanual positiva de la relación entre el costo laboral total y la
    facturación.
  • Variación porcentual interanual de las importaciones menor a -20%.

En el caso de tratarse de empresas de más de 800 trabajadores, el beneficio se otorgará si
han sufrido una variación porcentual interanual en la facturación menor al 5%, y cumplan con
tres de las siguientes métricas:

  • Variación porcentual interanual del IVA compras menor a 5%.
  • Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) mayor a 0,6.
  • Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) menor a 1,6.
  • Variación porcentual interanual negativa del consumo de energía eléctrica y gasífera.
  • Variación porcentual interanual positiva de la relación entre el costo laboral total y la
    facturación.
  • Variación porcentual interanual de las importaciones menor a -30%.

Recordamos que el Programa REPRO II está destinado a aquellas empresas que no hayan
recibido los beneficios del Programa ATP. El beneficio de esta nueva iniciativa consiste en una
suma mensual de $9.000 por cada relación laboral activa que posea el empleador inscripto, que
se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones.




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