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Limitaciones para participantes del REPRO II

La Resolución 1565 del Ministerio de Trabajo publicada hoy en el Boletín Oficial ha brindado mayores precisiones con respecto a los beneficios y limitaciones del Programa REPRO II.

De esta manera, establece que aquellas empresas que reciban los beneficios del programa, no podrán realizar las siguientes acciones mientras dure la percepción del beneficio y durante los 12 meses posteriores a ello:

  • Distribuir utilidades.
  • Adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.
  • Realizar erogaciones de ninguna especia a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuyo domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

También se establece que aquellas empresas que hayan realizado despidos prohibidos por el Dto. 329/2020 y sus prórrogas, no podrán acceder al programa.

Finalmente, se informa que la nómina de empresas admitidas a participar del programa será publicada en el sitio web de datos abiertos (www.datos.gob.ar) indicando el número de empleados cubiertos por el programa.




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