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Promulgación de la nueva ley de Impuesto a las Ganancias

Se incrementa la base mínima no imponible

Entra en vigencia la nueva ley que regula el impuesto a las ganancias

En el día de hoy finalmente se promulgó la ley modificatoria del Impuesto a las Ganancias que había sido aprobada semanas atrás por el Poder Legislativo. De esta manera, se incrementó el monto mínimo no imponible a un salario bruto de $150.000 y su aplicación se retrotraerá a enero 2021, por lo que se espera un reintegro de los retenido en estos primeros meses del año.

Por otro lado, a los salarios brutos mayores de $173.000 se les continuarán reteniendo los mismos porcentajes que desde enero.

Cuestión importante a destacar es la exclusión de la base de retención para el cálculo del Salario Anual Complementario, que hasta ahora era contabilizado y generaba mayores retenciones en los meses de junio y diciembre. Otro dato provechoso es la posibilidad de deducir, ya no sólo al cónyuge, sino también a la persona con quien se comparte una unión convivencial (el antiguamente llamado «concubinato») independientemente de su sexo. Una novedad interesante es la exclusión del pago de ganancias del reintegro de gastos de guarderías hasta $67.000 por año, provisión de ropa de trabajo, equipamiento para uso exclusivo del trabajo, y cursos de capacitación. Sin embargo, el dinero que se recibe por vales de combustibles, vivienda, viajes de recreo o descanso, pago de gastos de educación del grupo familiar u otros conceptos similares continuará siendo alcanzado por el Impuesto a las Ganancias.

Por último, también se extendió hasta el 20 de septiembre la exención del pago del impuesto sobre las horas extras realizadas por el personal de la salud.

 

Para conocer más sobre las implicancias de esta nueva ley, los invitamos a participar el próximo viernes a las 10 hs. de nuestra capacitación remota a cargo del Licenciado Leonel Zanotto, a la que podrán inscribirse haciendo click acá.




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