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Se aprueba el Programa de Crédito Fiscal para empresas

El Ministerio de Trabajo ha dictado hoy la Resolución 517/20 donde se aprueba el Programa de Crédito Fiscal del año 2020. Este programa busca fortalecer las competencias laborales de trabajadores ocupados y de las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados, contribuyendo así a la productividad y competitividad de las empresas.

Su implementación será a través de propuestas realizadas por las empresas y la emisión de Certificados de Crédito Fiscal destinados a la cancelación de obligaciones impositivas.

¿Quiénes pueden presentar propuestas?

Podrán participar de este programa:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas que tengan 4 empleados como mínimo.
  • Grandes empresas.
  • Cooperativas de trabajo.

En cambio, no podrán participar:

  • Empresas incluidos en el REPSAL (Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales)
  • Empresas que desarrollen actividades económicas como financieras, corredores de títulos, empresas de seguros privadas de capitalización y entidades de pensión privada abierta.

Cupos y límites de financiamiento

El cupo fiscal máximo en el marco de este programa será de $360.000.000. El monto máximo por empresa dependerá del tipo de empresa:

  • MiPymes: hasta el 30% de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los 12 meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen $5.000.000.
  • Grandes empresas: podrán financiar propuestas hasta el 8‰ de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los 12 meses previos a la presentación de la propuesta, siempre y cuando no superen $10.000.000, con los siguientes límites de financiamiento por tipo de acción.
  • Cooperativas: hasta el 30% de la suma total de los retornos en concepto de retribución del trabajo realizado por los trabajadores asociados abonados en los 12 meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los $5.000.000.

¿Qué tipo de propuestas se pueden realizar?

El Programa se implementará a través de la ejecución de propuestas que comprendan una o más de las siguientes líneas de acción:

  • Formación profesional mediante cursos presenciales o virtuales.
  • Entrenamiento para el trabajo.
  • Fortalecimiento y/o certificación de calidad de gestión.
  • Certificación de calidad.
  • Certificación de competencias laborales.

Asimismo, también habrá un sistema de estímulos para aquellas empresas que contraten trabajadores desocupados que hayan realizado alguna de las acciones llevadas a cabo en el marco de esta propuesta, según el siguiente cuadro:

¿Cómo se presenta la propuesta?

El Programa funcionará bajo la modalidad de llamados continuos mediante la Dirección Nacional de Formación Continua, que se encontrarán abiertos hasta que se cumpla con el presupuesto.

Se deberá gestionar un usuario en www.argentina.gob.ar/trabajo/cfp para poder realizar la presentación de los formularios vía online. Además de la información requerida en los formularios, se deberá indicar:

  • Fundamentación detallada acerca de la finalidad de la propuesta, así como su necesidad y pertinencia en términos de demanda de empleo y calificación.
  • Breve reseña de la actividad económica desarrollada.
  • Detalle de aquellos organismos adherentes que podrán participar de la propuesta, identificando la etapa de la cadena de valor de la cual forma parte y la/s actividad/es que desarrolla.
  • Designación de un referente de la propuesta, quien podrá realizar las acciones que se detallan a continuación y será responsable por las mismas:
      • carga de la propuesta en la plataforma;
      • carga o actualización de cursos y participantes en la plataforma de carga de cursos;
      • seguimiento de las propuestas aprobadas;
      • carga de la rendición de cuentas.

Una vez verificado que se haya cumplido con los aspectos formales de la presentación, la Dirección de Gestión de Programas de Formación Profesional evaluará las propuestas y se formará un orden de mérito sobre el que se decidirá la asignación de los Certificados de Crédito Fiscal.

Para más información, les dejamos el link a la norma donde se encuentra el anexo que determina las reglas del Programa.




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