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UNA INCORRECTA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA PUEDE SER CAUSANTE DEL MOBBING

Autor: Federico Ballotta

La Sala VI determinó que se encontraba acreditado el mobbing producto de las políticas internas de la empresa con relación al modo en que propiciaba las relaciones de los superiores a los empleados, así como también de los empleados entre ellos producto de la propia dirección.

Si bien los jueces dan una definición estándar de mobbing, que se refiere al “acoso u hostigamiento del trabajador por el empleador o alguno de sus representantes” indican que este debe estar “referido a un móvil que lo explique y que se exprese a través de comportamientos ligados y repetidos en el tiempo aptos para crear en el trabajador una situación de perturbación que lo disminuya o lo desquicie psicológicamente”

Explican que la violencia laboral, de hecho o por el ambiente opresivo o en sus múltiples manifestaciones resulta idónea para generar ese daño y generar la responsabilidad de las empresas, incluso cuando no reúna determinadas características, ni se revele en facetas o etapas conforme se viene sosteniendo comúnmente en anteriores fallos.

Así, se concedió a la trabajadora $60.000 en concepto de daño moral debido a que estaba inmersa en un ambiente de trabajo agresivo, hostil y dañino, como consecuencia de inadecuados estilos de dirección basados en un liderazgo autocrático o climas organizacionales orientados hacia la competitividad y con fallas en aspectos de comunicación, sistemas de recompensas, u otros factores que puedan afectar a los trabajadores en lugar de motivarlos.




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