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Se suspende la posibilidad de elegir obra social

La Superintendencia de Servicios de Salud ha publicado hoy la Resolución 1219/20 mediante la cual se suspende el derecho de libre elección de obra social hasta el 30 de noviembre de 2020.

Esto se debe a que la resolución 233/20 de la Superintendencia había dispuesto que los Agentes del Seguro de Salud quedarían exceptuados de la presentación de formularios de opción de cambio en formato papel, lo que se prorrogó hasta la finalización de la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio. En ese marco, se notificaron diversas denuncias efectuadas por beneficiarios incluidos en el régimen de “monotributo social” y por organizaciones que los aglutinan, manifestando que se habrían producido, en ese sector, opciones de cambio masivas que no fueron solicitadas por los titulares, de manera compulsiva, haciendo un uso abusivo de la norma de carácter provisorio dictada con el fin de priorizar la accesibilidad de los beneficiarios al ejercicio de su derecho.

Por lo tanto, se ha suspendido la posibilidad de optar de forma momentánea, mientras se trabaja en un nuevo procedimiento que fue delimitado por la Resolución 1216/20 que busca un trámite casi exclusivamente online, aunque todavía está pendiente su reglamentación y puesta en práctica.

Hasta ahora, para la efectivización del derecho de opción se requería la utilización de documentación en papel: el requerimiento debía ser ejercido de modo personal por el beneficiario, debía certificarse su firma por autoridad competente y presentarse ante la autoridad de aplicación, entre otros requisitos.




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