Novedades

Se publicó la resolución que reglamenta el bono a empleados

La resolución 1125/23 reglamenta el DNU 438/23

En el día de hoy se dictó la resolución 1125/23 que reglamenta el DNU 438/23 que en el día de ayer materializó los anuncios del gobierno, creando la asignación no remunerativa para trabajadores del sector privado.

 

La nueva resolución establece que:

 

· Por salario neto, debe entenderse el importe que surge de deducir del salario bruto los aportes personales que corresponden al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias y al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificatorias.

 

· La asignación no remunerativa corresponde a los trabajadores y trabajadoras con relacionales laborales declaradas hasta el 31 de agosto de 2023, en tanto hayan prestado tareas en forma efectiva.

 

· El monto total de la asignación será calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023 y será proporcional a la jornada laboral de cada empleado.

 

· Corresponde su pago a todos los trabajadores que al 31 de agosto de 2023 se encuentren con licencia con goce de haberes a causa de enfermedad o accidente inculpable.

 

· La asignación será abonada en dos cuotas iguales y consecutivas con vencimiento, la primera de ellas, el 21 de septiembre y, la segunda, con los salarios a abonarse en el mes de octubre.

 

En caso que se les presenten dudas con relación a la aplicación de estas directivas a algún caso puntual, los invitamos a participar el próximo martes 5 de septiembre a las 16hs. de un encuentro donde analizaremos juntos la letra de la norma y evaluaremos distintos casos prácticos que puedan surgir.

 

El encuentro es virtual, gratuito y pueden inscribirse en el siguiente link: https://inscripcion.myaabogados.com.ar/Inscripcionacharlas




Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba