Se establece el procedimiento para tramitar el pago de la asignación estímulo al personal de salud
20 de abril de 2020 – El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud han elaborado un procedimiento para el cobro de la asignación estímulo al personal de la salud otorgada mediante el decreto 315/20.
Recordamos que los beneficiarios de esta asignación de $5.000 serán trabajadoras profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19.
Para su trámite y percepción, será necesario:
- Que el representante legal de la entidad de salud deberá determinar la nómina del personal en condiciones de percibir la asignación, y deberá informarlo a la AFIP mediante una declaración jurada que incluya nombre de cada trabajador, su número de CUIL, el monto que correspondería percibir en cada caso y el número de CBU.
- Todo trabajador incorporado en estas declaraciones juradas deberá haber estado previamente registrado en el Registro Federal de Establecimientos (REFES), dentro del Sistema de Información Sanitaria Argentina (SISA).
- Cada institución deberá
designar:
- Responsable de Carga: deberá especificar qué trabajadores están en condiciones de percibir la asignación, generar declaraciones juradas y cargar los trabajadores.
- Responsable Legal de Establecimiento: es el encargado de verificar la información de las declaraciones juradas y la carga en la AFIP.
- Se
prevé un circuito de cinco etapas:
- Carga del plantel de trabajadores del establecimiento: Se inicia con la solicitud y generación de SISA, para proceder a la actualización y/o carga inicial de plantel de trabajadores en REFES por parte de cada establecimiento.
- Determinación de los trabajadores cargados en cada establecimiento expuestos y/o abocados a COVID-19 y generación de la Declaración Jurada (DDJJ).
- Carga de la DDJJ por Responsable Legal del Establecimiento antes del día 30 de cada mes.
- Verificación de las DDJJ por parte de AFIP.
- Liquidación y pago de la asignación estímulo por parte de ANSES a la cuenta de los trabajadores.
En caso de dificultades tanto en la carga como en el trámite, podrán comunicarse a asignacionpersonalcovid19@msal.gov.ar.
Por problemas con REFES: soporte@sisa.msal.gov.ar.