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¿Qué requisitos deben cumplir las personas que ingresen a Argentina?

Mediante la Resolución Conjunta del Ministerio de Salud y la Dirección Nacional de Migraciones que se publico hoy en el Boletín Oficial, se unifican los criterios de ingreso al país.

Esta resolución se aplica de igual manera a:

  • Transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad.
  • Nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia.
  • Extranjeros nacionales de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística en el país y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad.
  • Extranjeros autorizados expresamente por la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita de la secretaría de interior del Ministerio del Interior, para desarrollar una actividad laboral o comercial; o para cumplir con una misión oficial diplomática; o para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes.
  • Extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas.

Declaración jurada electrónica

Se realiza a través de la web de Migraciones. Deberá ser cargada por todos los viajeros y los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.

PCR

Todos los viajeros deberán cumplir con la prueba de diagnóstico 72 horas previas al viaje a Argentina con resultado negativo para COVID 19 y acompañarla a la Declaración Jurada Electrónica mencionada anteriormente. Están exceptuados de este análisis:

  • Los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.
  • Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
  • Las personas argentinas o extranjeras residentes en el país que pretendan ingresar por un paso fronterizo terrestre, y optaren por no presentar PCR y cumplir un aislamiento de 14 días. En este caso, sus datos serán informados a la jurisdicción de destino para que pueda verificarse el efectivo cumplimiento del aislamiento. Esta opción no será posible cuando el ingreso al país sea por vía marítima o aérea.

Seguro de viajero

Los ciudadanos extranjeros no residentes en Argentina deberán contratar un seguro de viajero que cubra atención Covid 19 en Argentina, incluyendo internación y aislamiento; y una cobertura similar contratada por la empresa que los convoca a la Argentina para realizar actividad laboral o comercial.

Para ayudar a ordenar visualmente los requisitos, les presentamos el siguiente cuadro, que debe ser complementado con la información indicada anteriormente:




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