CABA y PBA establecen sus propias restricciones hasta el 25 de junio
El PEN prorrogó el DNU 287/21, pero las jurisdicciones definen su real alcance
El DNU 381/21 prorroga anteriores restricciones, pero CABA y PBA afinan su aplicación.
El sábado 12 de junio fue publicado el DNU 381/21 que se encargó simplemente de prorrogar el DNU 287/21 dictado el 1 de mayo de 2021, manteniendo de esta manera las mismas restricciones allí contenidas. Sin embargo, tanto la Ciudad de Buenos Aires como la Provincia de Buenos Aires dictaron sus propias normas que delimitan la real aplicación del DNU en sus territorios. El Decreto 206/21 del GCBA determinó aperturas escalonadas de actividades y un nuevo horario de circulación. Por su parte, la Provincia de Buenos Aires redefinió su sistema de fases, ubicando a todo el GBA en Fase 3.
A continuación, hacemos un repaso de las reglas que serán efectivas hasta el 25 de junio:
Compensación no remunerativa para los dispensados
Se mantiene la dispensa de concurrir al lugar de trabajo para las personas en grupos de riesgo y que no prestan tareas por no encontrarse vacunadas. Del mismo modo, se confirma una vez más que estos empleados recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social, mientras que deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al INSSJP.
Con respecto a la Resolución Conjunta 4/21 del Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo la que facultó a las empresas a solicitar el retorno al trabajo presencial de los empleados dispensados, a partir de los 14 días de haber recibido la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el Covid-19, ya fue anticipado por el Ministerio de Trabajo que mantiene su vigencia en la actualidad, a pesar que los sindicatos opinen lo contrario. Creemos que, en virtud de la nueva ola de contagios y la circulación de nuevas variantes del virus, es algo que deberá ser analizado en cada caso concreto.
Trabajo nocturno y Servicio de Transporte Público de Pasajeros
La normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires para el GBA, han definido que la circulación nocturna estará restringida desde las 00 hs. hasta las 6 hs. del día siguiente. Sin embargo, esta limitación no alcanzará a personal que realice tareas esenciales o actividades industriales en horario nocturno, y que se encuentre viajando hacia o desde su puesto laboral. Las personas que deban movilizarse por la noche para llevar a cabo estas tareas, utilicen o no el transporte público, deberán tramitar un Certificado Único Habilitante para la Circulación, para poder acreditar la condición que lo habilita a circular en horarios restringidos.
En este caso, el aforo máximo de lugares cerrados donde se lleva a cabo toda actividad económica, industrial y de servicios habilitada volverá a la limitación del 50% de su capacidad máxima, salvo en los locales comerciales y gastronómicos donde quedará limitado al 30% de momento.
Por último, se confirma que el transporte público de pasajeros continuará siendo exclusivo del personal esencial o de los exclusivamente autorizados para su uso, debiendo los empleadores no contemplados en esas categorías, hacerse cargo del transporte privado de sus empleados
Suspensión de clases presenciales
En cuanto a las clases, el DNU prorrogado establece su prohibición para los centros urbanos en situación de alarma epidemiológica. No obstante, tanto la Ciudad de Buenos Aires las viene dictando desde los últimos meses de modo semipresencial y, a partir del miércoles 16 se hará lo mismo en el conurbano bonaerense.
Esta presencialidad parcial en la metodología del dictado de clases, mantiene vigente el art. 4° de la Resolución 207/20 del Ministerio de Trabajo que justificaba las inasistencias de los progenitores o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. La persona deberá notificar tal circunstancia a su empleador, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control, solo pudiendo utilizar la dispensa una persona responsable por hogar.
En definitiva, el gobierno considera que los contagios se mantienen estables y comenzarán a disminuir en las próximas semanas lo que habilita una cierta relajación de las medidas a aplicar, entre las que se destacan la disminución a la limitación a la circulación nocturna y una apertura paulatina de las clases. Por otro lado, continuará vigente el cierre de fronteras para las personas extranjeras no residentes de nuestro país.