La Ciudad de Buenos Aires tendrá su propio fuero laboral
La Legislatura Porteña aprobó el 13 de diciembre de 2024 la creación de un fuero laboral propio. Explicaremos su alcance.
El 13 de diciembre de 2024, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la creación de un fuero laboral propio, junto con el Código Procesal para la Justicia del Trabajo de la Ciudad. El objetivo de esta iniciativa es que la ciudad asuma la competencia y jurisdicción en materia laboral, actualmente en manos de la Justicia Nacional del Trabajo.
La norma contempla la creación de 10 juzgados de primera instancia y una Cámara de Apelaciones integrada por 6 jueces y dos salas. Además, el texto aprobado prevé un plazo de 180 días corridos desde la entrada en vigor de la normativa para que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires disponga lo necesario para la integración de los órganos que conformarán la referida justicia del trabajo.4
La justicia laboral será competente para tratar los siguientes temas:
- Conflictos individuales de trabajo, como demandas basadas en contratos laborales, convenios colectivos, laudos con eficacia de convenios colectivos, o leyes y reglamentos laborales.
- Disputas entre trabajadores y empleadores relacionadas con contratos de trabajo, incluso si se basan en leyes comunes
- Recursos contra decisiones de la comisión médica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o la Comisión Médica Central, y cualquier otro caso derivado de la Ley de Riesgos del Trabajo.
Su competencia territorial se define por los siguientes criterios:
- Cuando el lugar de trabajo esté en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Cuando el contrato de trabajo se haya celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Cuando intervenga la Comisión Médica Jurisdiccional en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para casos de Ley de Riesgos del Trabajo}
- Cuando el trabajador tenga domicilio real en CABA.
La norma aprobada establece que la competencia atribuida a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluida la territorial, es improrrogable. Dado que este nuevo fuero laboral asume competencias que hasta ahora eran propias de la justicia nacional del trabajo, es previsible que los abogados, especialmente aquellos que representan a los trabajadores, presenten diversos planteos cuestionando su constitucionalidad. Por lo tanto, habrá que esperar a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronuncie al respecto.
Entre los aspectos a destacar, el Código establece la implementación de un sistema de notificaciones electrónicas para todo tipo de resoluciones dentro del proceso. Además, el texto propone la plena digitalización y videograbación de las audiencias, así como procedimientos abreviados para aquellos casos en los que solo se requiera la verificación objetiva de un hecho o cuando las pretensiones no necesiten un debate causal o legal sobre la procedencia de algún crédito laboral.