Análisis

Eliminación de multas laborales por aplicación de la ley bases

Los autos “ALVES RAMON ALEJANDRO C/ BERNARDI JUAN MANUEL S/ LABORAL tratan sobre el reclamo de un empleado rural de la localidad de Andresito, provincia de Misiones, quien perseguía el cobro de rubros indemnizatorios, salariales y multas, fundamentando su pretensión en la falta de registración del vínculo, el cual finalizó en diciembre 2016.

Fue así como el magistrado interviniente dio por acreditada la relación laboral y condenó a la demandada a pagar las indemnizaciones por despido correspondientes.

Sin embargo, a la hora de evaluar las multas aplicables y haciendo énfasis sobre la sanción pecuniaria ante la falta de entrega de certificados de trabajo, el sentenciante marcó su postura, rechazando dicha multa y dando lugar la aplicación de la nueva ley

Así fue el a quo fundamentó su decisión diciendo:

No se trata de aplicar la norma de forma retroactiva, sino que se trata de evitar aplicar una sanción contemplada en una norma (Art. 45 Ley 25.345) que resulta específicamente derogada en razón de la entrada en vigencia de una Ley posterior (Art. 99 Ley 27.742)..

Así finalizó agregando, (…) “en virtud de lo expuesto, el Art. 8 de la Ley 24.013 Art.1 y 2 ley 25.323: tratándose de normas que conservan carácter sancionatorio resultan de idéntica naturaleza jurídica a la norma examinada precedentemente (…)”

Tal como se puede ver, dicho fallo es unos de los primeros que fija un lineamiento ante la naturaleza sancionaría de las multas y la aplicación de la nueva ley.




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