Mediante la Resolución 304/20, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires ha creado el Registro Provincial de los Comités Mixtos de Salud, Higiene y Seguridad.
Recordamos que estos comités fueron creados por la ley 14408, y establece de forma obligatoria la creación de estos comités para las empresas radicadas en la provincia de Buenos Aires y que cuenten con 50 o más empleados. El objetivo de éstos es preservar la vida y la salud integral de los trabajadores en el medio ambiente laboral, velar por el cumplimiento de la normativa vigente, acuerdos y convenios colectivos y condenas judiciales en materia de salud, higiene y seguridad en el trabajo y reparación de la integridad psicofísica del trabajador, formular recomendaciones para mejorar la aplicación de la normativa vigente, entre otros. Estarán integrados por por igual cantidad de representantes de los trabajadores y de la empresa.
Según el Dto. 801/2014, para el 30 de abril de 2015 los Comités ya tendrían que estar conformados acordados entre las partes.
En este nuevo registro se deberá inscribir el acuerdo al que los empleadores llegaron con las entidades sindicales con relación a la conformación del Comité en un plazo máximo de 10 días. La presentación deberá incluir la fecha en que se creó el Comité, y los datos personales de los integrantes de este, indicando la duración de su mandato.