Se establecen los parámetros para inscribirse al programa Repro II
El comité define los requisitos para abril 2021.
El Ministerio de Trabajo publica los criterios para la inscripción y el otorgamiento de los beneficios del programa en abril 2021.
Mediante la Resolución 245/21, el Ministerio de Trabajo estableció los parámetros que se aplicarán para otorgar los beneficios del Programa REPRO II sobre las remuneraciones devengadas durante el mes de abril 2021.
Con respecto a los criterios de preselección para inscribirse al Repro II, se pueden explicar a través del siguiente cuadro:
Una vez inscripta, según la cantidad de empleados que posea la empresa, y el sector en el que desarrolla su actividad, deberá cumplir con una serie de requisitos a los fines de poder recibir los beneficios del programa:
Así, los sectores no críticos deberán cumplir con la variación de la facturación, y con las variaciones porcentuales de la relación entre el costo laboral y la facturación, y de las importaciones. Además de esto, deberá presentar algún otro de los requisitos indicados.
Por su parte, el sector salud la variación de la facturación deberá estar dentro de los parámetros indicados, igual que la variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación. Y deberán también sumar otros dos de los parámetros indicados en el cuadro.
Por último, para las empresas que realicen actividades en sectores críticos será de cumplimiento obligatorio el indicador de la variación de la facturación en términos nominales, expuesto en la sección anterior, y del indicador de liquidez corriente
Con los datos que nos dio la resolución 245/21, las empresas podrán conocer de antemano cuáles son los parámetros para anotarse en el Programa Repro II y qué indicadores deberán presentar si tienen intención de gozar de los beneficios que el programa aporta sobre las remuneraciones de abril 2021.