Novedades

Beneficios para empresas que contraten personas travestis, transexuales y transgénero

La ley 27636 otorga ventajas impositivas a quienes los contraten

Se publica la ley 27636 de promoción de acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero.

La ley 27636 de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial y establece medidas orientadas a su inclusión en el ámbito del trabajo, en búsqueda de una igualdad real de oportunidades laborales. En virtud de ello, propone que las empresas privadas que contraten a este grupo de personas puedan imputar las contribuciones patronales originadas en su contratación a impuestos nacionales.

La ley define travestis, transexuales y transgénero como aquellas personas que se autoperciben con una identidad de género que no corresponde con el sexo asignado al nacer, y no hace distinciones al momento de incluirlos en sus preceptos según hayan accedido al trámite de cambio registral de género o no. El dictado de esta normativa se da en el marco de las recomendaciones establecidas en los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de los derechos humanos con relación con la orientación sexual e identidad de género.

Entre las medidas de acción positiva que se pretenden implementar, más allá de la cuota del 1% de la nómina que debe respetar el Estado Nacional y su prioridad en la contratación, se ha establecido un beneficio para incentivar su contratación por parte de las empresas privadas que consiste en la posibilidad de tomar las contribuciones patronales generadas por su contratación como pago a cuenta de impuestos nacionales durante un año desde la contratación. En las micro, pequeñas y medianas empresas este plazo se duplicará.

Por otro lado, se promocionará un acceso a líneas de crédito con tasa preferencial del Banco Nación para el financiamiento de emprendimientos, exclusivamente a travestis, transexuales y/o transgénero.

Por lo tanto, si bien aún falta que se dicte su reglamentación, la ley 27636 establece claramente su intención de incluir a personas Travestis, Transexuales y Transgénero al mercado laboral, invitando también a los gobiernos provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar normas similares que busquen la igualdad laboral en sus territorios.




Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba