Novedades

Segunda versión de la Ley Bases: ¿qué novedades trae en materia de normativa laboral?

El Poder Ejecutivo Nacional presentó en el Congreso un nuevo proyecto de ley que contempla un régimen de regulación de relaciones del trabajo.

El Poder Ejecutivo Nacional presentó en el Congreso de la Nación un nuevo proyecto titulado “LEY DE BASES Y PUNTOS DE PARTIDA PARA LA LIBERTAD DE LOS ARGENTINOS” que toca varios de los temas contemplados en el proyecto de diciembre de 2023. Entre varias modificaciones que propone, se vuelve a incluir en el título V un régimen de regularización de relaciones laborales privadas no registradas o hechas de forma deficiente. 

La propuesta, contempla la posibilidad de suscripción por parte de los empleadores y regularizar aquellas relaciones laborales iniciadas antes del dictado de la ley. Sin embargo, esto deberá realizarse dentro de los 90 días de la entrada a vigencia de la ley.  

También, podrán ser incluidas en el presente régimen las deudas que se encuentren controvertidas en sede administrativa, contencioso administrativa o judicial, a la fecha de publicación de la presente ley en el Boletín Oficial, en tanto el empleador se allane incondicionalmente y, en su caso, desista y renuncie a toda acción y derecho, incluso al de repetición, asumiendo el pago de las costas y gastos causídicos.  

Los efectos de la regularización planteada comprenderán: 

  • La extinción de la acción penal prevista por la Ley N° 27.430 y condonación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización, previstas en las Leyes N° 11.683, N° 17.250, N° 22.161, el artículo 32 de la Ley N° 24.557, delitos relativos a los Recursos de la Seguridad Social de la Ley N° 24.769, la Ley N° 25.212, así como sus correspondientes modificatorias, firmes o no, siempre que se encuentren impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de esta ley. 
  • Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de infracciones cometidas o constatadas hasta la entrada en vigencia de la presente ley, siempre y cuando regularicen a la totalidad de los trabajadores por los que se encuentra publicado en el REPSAL y pague, de corresponder, la multa. 
  • Condonación de la deuda por capital e intereses cuando aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a algunos de los Subsistemas de la Seguridad Social. 

Seguiremos analizando el camino que tendrá el tratamiento de este nuevo proyecto de ley para saber qué modificaciones finalmente comenzarán a estar vigentes. 




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