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Pago adicional al REPRO II para la industria del turismo

El Ministerio de Trabajo ha publicado junto con el Ministerio de Turismo y Deportes y el Ministerio de Desarrollo Productivo, la Resolución Conjunta 1/21 que establece el pago de una suma dineraria adicional al beneficio otorgado por el programa REPRO II para los empleados de aquellas empresas que realicen actividades vinculadas al turismo.

Se tratará de una suma complementaria, a cuenta del pago de la remuneración de los empleados y que consistirá en $4.000 por cada relación laboral activa y alcanzada por el programa Repro II.

Para poder percibir esta suma, la actividad deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Encontrarse registrada en la AFIP bajo los códigos 791100, 791200, 551022, 551023, 552000, 561012, 910300, 939010, 791901, 791909, 939020, 492180, 501100, 502101, 524390, 562010, 681010 y 823000.
  • que sea incluida por el Ministerio de Turismo y Deportes a través de la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico, para empresas que realizan actividades vinculadas al turismo, pero cuya actividad no se encuentra incluida en códigos anteriores.

Para acceder al beneficio se deberá presentar por única vez una declaración jurada mediante el servicio de Trámites a Distancia. La obtención del beneficio será comunicada por el Ministerio de Trabajo a cada una de las empresas.




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