Análisis

¿Qué se debe tener en cuenta para implementar una política de préstamos a empleados?

Actualmente, diversas empresas han adoptado o están en proceso de establecer políticas de préstamos para sus empleados. El propósito de estas políticas es asistir en la adquisición de bienes de importancia, como automóviles, o brindar apoyo en situaciones de crisis económica como la que se vive hoy día. Para que la implementación de estas políticas sea segura y eficaz, resulta esencial tener en cuenta una serie de factores determinantes.

  • Los intereses del préstamo: en relación con la tasa de interés aplicada por la empresa en estos préstamos, es común que se ofrezcan condiciones más favorables que las del mercado, e incluso que no se cobren intereses. Si bien esto representa una ventaja económica para el empleado, surge el riesgo de que tal beneficio sea considerado como parte de la remuneración.

Según la concepción tradicional del derecho laboral y de la seguridad social, se entiende por salario todo lo que el trabajador recibe en contraprestación por su labor. Por lo tanto, si el préstamo otorgado no incluye intereses o estos son inferiores a los del mercado, se genera un beneficio económico para el empleado que podría ser interpretado como remunerativo.

La remuneración se calcularía en base a la diferencia entre la tasa de interés aplicada por la empresa —o la ausencia de esta— y la tasa de interés de mercado para préstamos personales. Matemáticamente, esto se expresaría como:

Remuneración= tasa de interés del mercado – tasa de interés de la empresa

En caso de considerarse un beneficio remunerativo, debería registrarse en los recibos de haberes del empleado.

Ahora bien, desde nuestro punto de vista, el riesgo es mayor cuando existe condonación de intereses que cuando se cobran intereses menores a los de mercado. De hecho, muchas de las empresas que aplican políticas de préstamos ofrecen tasas de interés reducidas y prácticamente no se han presentado contingencias concretas en forma de reclamo por parte de los empleados ni en inspecciones de la AFIP.

  • La retención de las cuotas en los recibos de haberes: La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) de Argentina establece en su artículo 131 que no se pueden realizar deducciones, retenciones o compensaciones que disminuyan el monto de las remuneraciones del trabajador. Esto incluye específicamente descuentos por venta de mercaderías, vivienda, entre otros, y busca proteger la integridad e intangibilidad del salario, asegurando que el trabajador tenga la libertad de elegir cómo gastar su ingreso.

Por otro lado, el artículo 132** de la LCT detalla las excepciones a esta regla, permitiendo ciertas deducciones como adelantos de remuneraciones, retenciones jubilatorias y fiscales, y otros conceptos específicos. Sin embargo, los préstamos a empleados no están expresamente incluidos en las excepciones mencionadas en el artículo 132, lo que significa que cualquier beneficio de préstamo debe manejarse con cuidado para no violar el principio de intangibilidad del salario.




Esteban Sojo

Esteban se especializa en el asesoramiento integral a empresas en temas de derecho laboral. Su práctica se focaliza en el derecho del trabajo individual y colectivo. También forma parte del equipo dedicado a los juicios laborales complejos. Publicó diversos artículos sobre temas de su especialidad.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba