Programa Crédito para la Formación Profesional. Adecuaciones. RESOLUCIÓN (SE) 1013-E/2017
Autor: Ezequiel Britos
El 28 de julio fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 1013 E/2017 de la Secretaría de Empleo, la cual reglamenta el Programa Crédito para la Formación Profesional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, cuyo objetivo es contribuir al fortalecimiento de las acciones de formación continua que emprendan las empresas y cooperativas de trabajo respecto de su personal empleado o asociado y respecto a generar formación y/o experiencia de prácticas para los desocupados.
La norma (Cap. I) establece como actividades la formación profesional, la formación para certificación de estudios, el entrenamiento para el trabajo, el fortalecimiento y/o certificación de calidad de gestión de las instituciones de formación profesional, la certificación de calidad, prevé actividades vinculadas a Responsabilidad Social Empresaria (RSE), la certificación de competencias laborales, la prevención de riesgos del trabajo para las empresas y laasistencia para la prevención de riesgos del trabajo para cooperativas.
Luego (Cap. II) regula lo concerniente a las empresas, a diferencia de las características especiales que poseen las cooperativas de trabajo (Cap. III).
En cuanto a las empresas, el Art. 15 fija las pautas para acceder al monto estímulo por incorporación de trabajadores desocupados:
Incremento en función de incorporación de trabajadores desocupados de entre 18 a 24 años y mayores de 45 años |
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Cant. de trabajadores en nómina | Incorporación de 1 trabajador | Incorporación entre 2 y 5 trabajadores | Incorporación entre 6 y 10 trabajadores | Incorporación más de 10 trabajadores |
1 – 5 | 30% | 40% | – | – |
6 – 15 | – | 30% | 40% | 50% |
16 – 80 | – | 20% | 30% | 40% |
Más de 80 | – | 10% | 20% |
30% |
Asimismo, la empresa que incorpore trabajadores con discapacidad accederá a un estímulo adicional e independiente de los anteriores, equivalente a un 5% por trabajador incorporado, con un máximo de estímulo del 25%.
Por su parte, el art. 23 determina los requisitos y el procedimiento a seguir para acceder al programa y a continuación se indican los criterios de evaluación que se utilizarán.
En cuanto al presupuesto, la ley 27.341 asigna al Ministerio de Trabajo un cupo de $ 260 MM para la ejecución prevista en la norma.