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Programa Crédito para la Formación Profesional. Adecuaciones. RESOLUCIÓN (SE) 1013-E/2017

Autor: Ezequiel Britos

El 28 de julio fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 1013 E/2017 de la Secretaría de Empleo, la cual reglamenta el Programa Crédito para la Formación Profesional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, cuyo objetivo es contribuir al fortalecimiento de las acciones de formación continua que emprendan las empresas y cooperativas de trabajo respecto de su personal empleado o asociado y respecto a generar formación y/o experiencia de prácticas para los desocupados. 

La norma (Cap. I) establece como actividades la formación profesional, la formación para certificación de estudios, el entrenamiento para el trabajo, el fortalecimiento y/o certificación de calidad de gestión de las instituciones de formación profesional, la certificación de calidad, prevé actividades vinculadas a Responsabilidad Social Empresaria (RSE), la certificación de competencias laborales, la prevención de riesgos del trabajo para las empresas y laasistencia para la prevención de riesgos del trabajo para cooperativas.

Luego (Cap. II) regula lo concerniente a las empresas, a diferencia de las características especiales que poseen las cooperativas de trabajo (Cap. III).

En cuanto a las empresas, el Art. 15 fija las pautas para acceder al monto estímulo por incorporación de trabajadores desocupados:

Incremento en función de incorporación de trabajadores desocupados de entre 18 a 24 años y mayores de 45 años

Cant. de trabajadores en nómina Incorporación de 1 trabajador Incorporación entre 2 y 5 trabajadores Incorporación entre 6 y 10 trabajadores Incorporación más de 10 trabajadores
1 – 5 30% 40%
6 – 15 30% 40% 50%
16 – 80 20% 30% 40%
Más de 80 10% 20%

30%

 

Asimismo, la empresa que incorpore trabajadores con discapacidad accederá a un estímulo adicional e independiente de los anteriores, equivalente a un 5% por trabajador incorporado, con un máximo de estímulo del 25%.

Por su parte, el art. 23 determina los requisitos y el procedimiento a seguir para acceder al programa y a continuación se indican los criterios de evaluación que se utilizarán.

En cuanto al presupuesto, la ley 27.341 asigna al Ministerio de Trabajo un cupo de $ 260 MM para la ejecución prevista en la norma.

 

 

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