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Se extienden los beneficios del Programa ATP a mayo 2020

12 de mayo de 2020  Mediante la Decisión Administrativa 747/20 se ha determinado continuar otorgando el Salario Complementario así como también la reducción del pago de las contribuciones patronales al SIPA durante el mes de mayo 2020. 

La extensión se encuentra sustentada por el nivel de la afectación de la economía producto del Aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido. 

Por otro lado, el Comité encargado de determinar los alcances del ATP hizo especial mención a los casos de reorganización empresaria donde la simple comprobación de la facturación de los períodos marzo-abril 2019 contra marzo-abril 2020 no permite conocer la realidad económica de las empresas a los fines de brindarles los beneficios del Programa. 

De esta manera, se permite solicitar a la AFIP una “reconsideración”, aportando elementos que permitan demostrar un escenario de reorganización empresaria donde podría resultar procedente el otorgamiento del beneficio.  

Para llevar a cabo esto, deberá generarse un reclamo ingresando a https://www.afip.gob.ar/genericos/defensorianew/frmNuevoReclamo.aspx con clave fiscal y elegir la opción “Iniciar Reclamo. 




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