El 17 de septiembre de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó nuevas precisiones respecto del Régimen de Promoción de Empleo Registrado (PER), aclarando distintos aspectos operativos vinculados con su implementación.
El PER fue establecido por la Ley N.º 27.802 de Modernización Laboral y reglamentado por el Decreto N.º 409/2026 y la Resolución General ARCA N.º 5862/2026. El régimen permite a los empleadores del sector privado regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, siempre que se hubieran iniciado hasta el 5 de marzo de 2026, inclusive, y continúen vigentes al momento de la adhesión.
A los efectos del régimen, recordamos que se consideran deficientemente registradas aquellas relaciones en las que se hubiera declarado una fecha de ingreso posterior a la real y/o una remuneración inferior a la efectivamente percibida por el trabajador.
Principales aclaraciones efectuadas por ARCA
Entre las precisiones recientemente publicadas, ARCA confirmó que el plazo para efectuar la regularización vence el 28 de noviembre de 2026. Asimismo, aclaró que, si la adhesión se realiza durante noviembre, podrán incluirse obligaciones correspondientes hasta el período devengado octubre de 2026, siempre que la irregularidad que se pretende subsanar hubiera subsistido hasta dicho período.
En aquellos casos en los que la deficiente registración derive de una fecha de ingreso declarada posterior a la real, el empleador deberá adecuar la información registrada mediante el servicio «Simplificación Registral» o, según corresponda, a través de «Presentaciones Digitales», incorporar al trabajador en las declaraciones juradas correspondientes a los períodos anteriores y cancelar posteriormente los saldos resultantes.
Respecto de las remuneraciones a considerar para la regularización, ARCA precisó que deberá declararse el salario efectivamente abonado al trabajador, respetándose, como mínimo, la remuneración correspondiente a la escala salarial aplicable y sus respectivos adicionales.
Otro aspecto relevante de la actualización refiere a aquellos trabajadores que hubieran sido contratados bajo la figura del monotributo pese a encontrarse comprendidos en una relación de dependencia. ARCA confirmó que, cuando corresponda reconocer la existencia de una relación laboral, el empleador podrá efectuar el alta retroactiva y acceder a los beneficios previstos por el PER, siempre que se cumplan los restantes requisitos establecidos por el régimen.
Beneficios previstos por el PER
La regularización contempla una condonación parcial de la deuda por aportes y contribuciones, cuyo porcentaje varía según la categoría del empleador:
- 90% para Micro y Pequeñas Empresas y determinadas entidades sin fines de lucro.
- 80% para Medianas Empresas Tramos 1 y 2.
- 70% para los restantes empleadores.
ARCA aclaró, además, que para acceder a la condonación del 90%, la condición de Micro o Pequeña Empresa —o la caracterización correspondiente para las entidades sin fines de lucro— deberá encontrarse vigente en el período mensual en el que se efectúe la regularización.
La deuda que no resulte condonada podrá cancelarse al contado, supuesto en el cual se prevé una reducción adicional del 50% sobre la deuda remanente, o mediante el plan de facilidades de pago previsto específicamente para el régimen.
Los planes admiten hasta 72 cuotas para Micro y Pequeñas Empresas y entidades sin fines de lucro; 48 cuotas para Medianas Empresas Tramos 1 y 2; y 36 cuotas para los restantes empleadores, con una tasa de financiación mensual del 1%.
Plazo para adherir al régimen
Los empleadores interesados en acceder a los beneficios del PER deberán completar la regularización y cancelar o incorporar a un plan de facilidades de pago la deuda no condonada hasta el 28 de noviembre de 2026, inclusive.
Las recientes precisiones de ARCA aportan mayor claridad sobre la implementación práctica del régimen y resultan particularmente relevantes para aquellos empleadores que deban revisar la registración de relaciones laborales actualmente vigentes, teniendo en cuenta el plazo establecido para acceder a sus beneficios.
Fuente: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), «Régimen de Promoción de Empleo Registrado (PER): precisiones y aspectos claves», publicado el 17 de septiembre de 2026.
Más información: https://servicioscf.arca.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=5901