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Actualización de los montos de Impuesto a las Ganancias

AFIP reglamentó el Dto. 298/22

AFIP ha reglamentado el Dto. 298/22 que eleva el piso del Impuesto a las Ganancias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha reglamentado el decreto 298/22 que estableció que no se les debe retener suma alguna en concepto de Impuesto a las Ganancias a los empleados en relación de dependencia que perciban un salario inferior a $280.792.

Al respecto, el ente fiscal ha determinado que para dichos empleados, el SAC estará exento del impuesto. Asimismo, se indica que las empresas deberán incrementar la deducción especial, la que se calculará de la siguiente manera:

Sueldo devengado hasta el 31 de mayo 2022, se aplicará el procedimiento anterior a la modificación para sueldos desde $225.397 y hasta $260.580.

Sueldos devengados a partir del 1 de junio de 2022, no corresponderá retención en caso de sueldos hasta $280.792; y para sueldos entre $280.792 y hasta $ 324.182., las empresas deberán computar una deducción especial incrementada establecida por el Anexo de la Resolución General 5206/2022.

En los casos de las remuneraciones devengadas desde el 1ro de junio de 2022, ya se hubieran liquidado se deberá determinar las diferencias que, por aplicación de la nueva normativa, favorecen al empleado y se deberán reintegrar en la primera remuneración pagada desde la aplicación de la normativa.




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