¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA MICRO, UNA PEQUEÑA Y UNA MEDIANA EMPRESA?
Autor: Federico Ballotta
Mediante la resolución 340-E/2017 publicada el 15 de agosto en el Boletín Oficial, la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción de la Nación ha establecido pautas claras para saber cuándo estamos en presencia de una empresa micro, pequeña o mediana.
Los dos parámetros que permiten clasificar a las empresas son, por un lado, la actividad desarrollada y, por el otro, las ventas totales anuales expresados en pesos argentinos, la que se consigue promediando los valores de ventas de los últimos tres ejercicios comerciales.
De esta manera, se puede conformar el siguiente cuadro de doble entrada que permite conocer los valores máximos de ventas de cada actividad para clasificar a las empresas.
Debe aclararse que si una empresa -que, según la resolución, podría ser considerada micro, pequeña o mediana- es controlada por (participación societaria mayor al 50%) o vinculada a (participación societaria mayor del 20% y menos del 49%) otra empresa, o grupo de empresas que no reúnan los requisitos establecidos, las primeras seguirán la suerte de la empresa controlante o vinculante, y no podrán ser clasificadas como micro, pequeña o mediana.
Para lograr obtener alguna de las categorías mencionadas en la resolución, será necesario presentar una declaración jurada conforme los datos solicitados en el Formulario 1272 disponible en www.afip.gob.ar. Logrado esto, se inscribirá a la empresa en el Registro de Empresas MiPyMES, y se le entregará un certificado que acreditará su condición de micro, pequeña o mediana.
De esta manera, la empresa podrá gozar de los beneficios que brinda la ley para el fomento para estos tipos de empresas, contenido en las leyes 25300 y 27264, como pueden ser la exenciones impositivas, las facilidades para la exportación o las facilidades en los créditos.