EVOLUCIÓN DE LA ADHESIÓN DE LAS PROVINCIAS A LA NUEVA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO – DEBATE POR NUEVA LEY DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN LABORAL
Autor: Esteban R. Sojo
a) Adhesión Provincial a la nueva ley de riesgos del trabajo
Como venimos destacando en nuestros últimos informes, uno de los principales aspectos que contempla la ley 27.348 es la obligatoriedad de atenerse al procedimiento ante las Comisiones Médicas antes de acceder a cualquier otra instancia.
La ley establece que las Comisiones Médicas constituirán una instancia administrativa previa de carácter obligatorio y excluyente para que el trabajador afectado, con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su dolencia.
Una vez agotada la instancia de la Comisión Médica, las partes pueden solicitar la revisión de la resolución ante la Comisión Médica Central.
Luego, el trabajador puede recurrir lo dispuesto por la Comisión Médica Central ante los tribunales de Alzada con competencia en lo laboral. En el caso del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, sería ante la Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo.
Las acciones con fundamento en otros sistemas de responsabilidad sólo pueden iniciarse una vez agotada la vía administrativa ante la comisión médica jurisdiccional o cuando hubiera vencido el plazo de 60 días que esta tiene para emitir su dictamen.
Ahora bien, como el Congreso Nacional no tiene facultades para reglamentar las cuestiones procesales provinciales la aplicación de la nueva ley requiere necesariamente la adhesión de cada una de las provincias. Así lo establece, además, la propia ley.
La provincia de Córdoba lo hizo mediante el dictado de la ley 10.456 de fecha 24 de mayo de 2017 donde expresamente delega a la jurisdicción administrativa nacional las competencias necesarias para que las comisiones médicas puedan actuar como instancia administrativa previa. Los recursos que se interpongan contra estas resoluciones tramitan en la justicia laboral ordinaria.
En lo que respecta a la provincia de Buenos Aires, la adhesión a la ley cuenta con media sanción desde el 19 de mayo al ser aprobada por la Cámara de Diputados.
b) Inicio del debate por una nueva ley de Prevención y Protección laboral
La ley de riesgos del trabajo obliga también a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a remitir al Comité Consultivo Permanente un anteproyecto de ley de protección y prevención laboral destinado a garantizar que las condiciones y medio ambiente de trabajo resulten acordes con las mejores prácticas y la normativa internacional y que permita que esos principios generales sean ajustados en forma específica para cada actividad, a través de los convenios colectivos de trabajo.
La SRT informó el 23 de mayo de 2017 que el anteproyecto ya fue presentado y consta de ocho capítulos que, en líneas generales, considera la prevención como eje rector y establece como objetivo central garantizar el derecho de todo trabajador a contar con condiciones y medio ambiente de trabajo seguros y saludables, acordes con las mejores prácticas y los principios generales de la normativa nacional e internacional, ajustándose en forma específica a cada actividad a través de los convenios colectivos de trabajo.