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LA CORTE SUPREMA DE LA NACIÓN ORDENA LA REINSTALACIÓN DE UN ACTIVISTA SINDICAL DESPEDIDO

Autor: Federico Ballotta

La Corte Suprema de la Nación recientemente falló en autos Varela José Gilberto c/ Disco S.A. s/ Amparo Sindical otorgando al actor -un activista sindical que buscaba concientizar a sus compañeros de la necesidad de la representación gremial- un estatus similar a un delegado sindical. Para llegar a esa conclusión, debió revocar la sentencia de la Suprema Corte de Catamarca que lo había excluido de la protección de las leyes 23551 (Ley de Asociaciones Sindicales) y 23592 (Ley de Actos Discriminatorios).

La Corte Suprema de la Nación basó su decisión en el fallo Pellicori donde se estableció un estándar probatorio y de análisis para los casos donde se plantee una actitud discriminatoria. En ese sentido, se indicó que el actor efectivamente logró probar que la actividad que desarrolló tenía intención y contenido gremial. Por su parte, la empresa -quien bajo el fallo Pellicori, tenía la oportunidad de probar que el despido no había obedecido a motivos discriminatorios- no pudo demostrarlo en el juicio, lo que selló su suerte y dio lugar al fallo de la Suprema Corte de la Nación a favor del actor, ordenando a la Suprema Corte de Catamarca que dicte un nuevo pronunciamiento con lo explicado por el Alto Tribunal.

El Sr. Varela había solicitado judicialmente la declaración de nulidad de su despido de 2005 en virtud del art. 43 de la Constitución Nacional, Convenios de la Organización Internacional del Trabajo y la Ley de Asociaciones Sindicales, dado que sus 10 años de buena performance en el supermercado sito en la capital catamarqueña habían sido eclipsados por sus reclamos tendientes a que se constituya una representación gremial en la sucursal donde prestaba tareas. El actor había presentado notas ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, quien le había dado la razón en el sentido de la necesidad de la representación sindical en su lugar de trabajo. Sin embargo, mientras estos trámites se llevaban a cabo, Disco despidió al actor por su conducta agraviante, negando que la desvinculación se haya relacionado de modo alguno con su actividad sindical.

Tras sortear la primera y segunda instancia, las actuaciones llegaron a la Corte Suprema de la provincia de Catamarca, que no hizo lugar a la nulidad del despido toda vez que el actor no era un delegado sindical por lo que no contaba con la protección legal de un representante sindical. Fue esta sentencia la que la Corte Suprema revocó y devolvió el expediente para que se dicte una nueva sentencia de acuerdo con lo sentenciado.




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