Análisis

CONTINUAN LOS CORTOCIRCUITOS ENTRE LA CORTE SUPREMA Y LA CÁMARA LABORAL

Autor: Ezequiel Britos

Ya comentamos en este espacio dos recientes fallos de la Corte Suprema que, de alguna manera, pusieron un coto a los criterios de la Cámara en relación al monto de las indemnizaciones -limitando su arbitrio para fijarlos- y a cuándo debe comenzarse a contar el plazo de prescripción en casos de accidente laboral. Ambos fallos se interpretaron como un reto a las Salas intervinientes.

Esta semana, se pronunciaron ambas instancias en casos relacionados con la ley de riesgos de trabajo.

La Sala VII, conformada por los Dres. Rodríguez Brunengo y Ferreiros, en el expediente “Mercado”, declararon “la inconstitucionalidad de la determinación de una instancia previa y obligatoria (art. 1 de la ley 27.348), en tanto lesiona el acceso irrestricto a la justicia, la tutela judicial efectiva y el debido proceso legal”.

Argumentaron que el diseño instaurado a partir de las modificaciones impuestas a la Ley de Riesgos del Trabajo, que obligan al trabajador accidentado a agotar una instancia administrativa ante las Comisiones Médicas previo a iniciar una demanda, vulnera la garantía del debido proceso y limita el acceso a la justicia.

Por su parte, la Corte se expresó en el expediente “Nuñez”, absteniéndose por mayoría de pronunciarse sobre la constitucionalidad de la ley 26.773 que en el caso de un accidente laboral, había remitido la causa a la justicia civil -de acuerdo a las disposiciones de los artículos 4 y 17, inciso 2-. De esta forma, con su abstención, se interpreta que la Corte dio un respaldo al ordenamiento que ofrece el sistema de riesgos del trabajo.

Finalmente, también esta semana, la Corte revocó una sentencia de la Sala X tildándola de arbitraria y “descalificándola como acto jurisdiccional válido”. Ello por cuanto la demandada había sido condenada en primera instancia a pagar indemnizaciones en los términos de la ley de riesgos (24.557) y al apelar la Cámara trató sus agravios como si la condena hubiera sido fundada en derecho civil.




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