Cada vez que se acercan las elecciones, surge una duda recurrente en las empresas: ¿qué ocurre con los trabajadores designados como autoridades de mesa? ¿Deben volver a trabajar el lunes posterior o cuentan con algún día adicional de licencia?
La respuesta es sencilla: los trabajadores que cumplen funciones como autoridades de mesa tienen derecho a una licencia especial con goce de haberes, pero esta se concede exclusivamente por el día de la elección. Esto significa que:
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El empleador no puede descontar el salario de ese día ni exigir que luego se recuperen las horas.
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El beneficio alcanza únicamente al domingo en el que se realizan los comicios.
El lunes posterior a la elección no está contemplado como día de licencia en el sector privado. Por lo tanto, los trabajadores deben reincorporarse normalmente a sus tareas.
La confusión muchas veces surge porque, en algunas provincias, los empleados públicos tienen un régimen distinto y sí se les otorga descanso el lunes posterior.