Análisis

¿PUEDE EL PSICOLOGO EMITIR UN CERTIFICADO DE LICENCIA POR ENFERMEDAD?

Los que sostienen que el psicólogo puede emitir un certificado médico prescribiendo reposo laboral se basan en el anexo V de la resolución 343/09 del Ministerio de Educación. En el punto , dice que los psicólogos pueden realizar indicaciones psicoterapéuticas de internación y externación de personas por causas psicológicas, así como indicar licencias y/o justificar ausencias por causas psicológicas. Ahora bien, esta norma esta dictada por el Ministerio de Educación y no por el Ministerio de Salud.

También refieren que la Ley 10 306 de ejercicio profesional en la Provincia de Buenos Aires manifiesta en su artículo 2 punto C): que es facultad de los psicólogos “La emisión, evacuación, expedición, presentación de: Consultas, Estudios, Consejos, Informes, Dictámenes, Peritajes, Certificaciones, etc.”, con lo que entienden que los psicólogos están habilitados a expedir certificados de reposo laboral y, como se podrá ver al final del artículo, todas las leyes provinciales de la Argentina sobre ejercicio profesional de la psicología respetan el mismo espíritu e incumbencias.

Asimismo, también sostienen que la ley del derecho del paciente Nro. 26.529 en el artículo 2, inciso E establece el criterio de autonomía de la voluntad del paciente: «El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad». De este modo queda expresamente establecido que el empleador no puede decidir ni disponer del tipo de tratamiento que elija seguir su empleado para el tratamiento de un trastorno mental.

Ahora bien, que el paciente pueda decidir qué tipo de tratamiento realiza y que haya leyes de regulación de la profesión de psicólogos que establezcan que un psicólogo puede indicar como tratamiento el reposo laboral, para nosotros no desnaturaliza que un “certificado médico” que prescriba reposo laboral deba ser emitido por un médico (psiquiatra en este caso). Y el psicólogo no lo es.

Entonces, la licencia médica laboral motivada en una enfermedad psiquiátrica no puede ser concedida por un psicólogo, sino que debe otorgarla un médico psiquiatra. Esta afirmación fue ratificado por el fallo de la Sala VIII, de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en los autos “Lalia Juan Marcelo Daniel c/Peide Industria y Construcciones S.A. y otro s/despido”.

En este caso, el trabajador que informó que se hallaba padeciendo el síndrome denominado “burn out”, se negó a concurrir al médico designado por el empleador para efectuar el control de su estado de salud, por lo que la empleadora, al no poder corroborar su enfermedad, dejó de abonarle los salarios, hecho que motivó que el empleado optara por considerarse despedido en forma indirecta.

Los jueces dijeron que: “El trabajador, salvo casos de fuerza mayor, deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra, en el transcurso de la primera jornada respecto de la cual estuviere imposibilitado de concurrir por alguna de esas causas. Mientras no lo haga, perderá el derecho a percibir la remuneración correspondiente salvo que la existencia de la enfermedad o accidente, teniendo en consideración su carácter y gravedad, resulta luego inequívocamente acreditada.”

Como el empleado informó que padecía el denominado síndrome “burn out”, los jueces explicaron que la presunta enfermedad “podía impedir que el mismo desarrollara tareas laborales, pero no que se desplazara hasta el consultorio del médico indicado fehacientemente en el telegrama remitido por la empresa”. Entonces, agregaron los jueces, “mal pudo considerarse despedido por exclusiva responsabilidad de su empleador ya que era él quien se encontraba incumpliendo previamente con su obligación.”

Por último. y quizás en uno de los elementos más importantes del fallo, los magistrados señalaron que el trabajador no demostró que se haya atendido por un médico psiquiatra, pues las “licencias prolongadas fueron expedidas por una psicóloga, quien se encuentra habilitada para diagnosticar trastornos de conducta y/o personalidad pero no así para determinar la existencia de enfermedad psiquiátricas.

En consecuencia, nuestra apreciación es que la licencia otorgada por un psicólogo -que no es médico- no es valida, y sólo un médico psiquiatra puede emitir tal certificación. Normas del Ministerio de Educación o leyes reglamentarias del ejercicio de la psicología, no pueden cambiar la naturaleza de un certificado médico, ya que debe hacerlo una norma del Ministerio de Salud o una ley dedicada exclusivamente al tema en cuestión, porque entonces también otros profesionales que no son médicos como un Kinesiólogo también lo podrían hacer.




Eugenio Maurette

Abogado especializado en Derecho Laboral y en la Seguridad Social, prestando permanente apoyo y asesoramiento a los sectores de Recursos Humanos de las empresas, como: 1.- Procesos de Adquisición 2.- Procesos de venta: 3.- Procesos de fusión. 4. Lanzamiento de nueva actividad 5.- Procesos de Reestructuración 6.- Procesos de Cierre: ha colaborado con clientes para el cierre de sus empresas. 7.- Circunstancias de crisis 8. Negociaciones con Gremios 9. Además de las actividades comentadas en los párrafos precedentes, brinda asesoramiento permanente en materia de derecho laboral individual a sus clientes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba