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NUEVO REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO DE CARGAS SOCIALES PERMANENTE

APLICABLE A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2023 -RESOLUCIÓN GENERAL AFIP 5321-

La resolución general 5321 del AFIP establece Se establece un nuevo régimen de facilidades de pago de cargas sociales, intereses y multas, en forma permanente, aplicable a partir del 1° de febrero de 2023, fecha desde la cual se deja sin efecto el anterior régimen –RG (AFIP) 4268- y el mini plan –RG (AFIP) 4057-.

En tal sentido se establecen nuevos requisitos, formas y condiciones, entre las que destacamos:

1.- Los tipos de planes se encontrarán definidos en función de la obligación a regularizar y, en su caso, de determinadas condiciones particulares de cada contribuyente, como así también el porcentaje del pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas.

2.- La cantidad máxima de planes y la tasa de interés de financiación se fijarán en función del tipo de contribuyente y plan.

3.- De corresponder el ingreso del pago a cuenta, este se calculará sobre la deuda consolidada, según el tipo de contribuyente, su perfil de cumplimiento y el tipo de plan.

4.- La tasa de interés de financiación será la que resulte de aplicar el 90%, 95% o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago-

Si el lector está interesado en conocer este nuevo régimen de facilidad de pago de cargas sociales, intereses y multas, le pedimos solicitar una entrevista para en base a la obligación a regularizar y de acuerdo al tipo de contribuyente que es, determinarle cuál sería ese régimen de facilidades de pago.




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