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SITUACION GREMIAL EN EL SOFTWARE

Un artículo en Relaciones Laborales del 15.03.23 de Fuente Gremial refiere que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo -ante un pedido de reconsideración interpuesto por la Federación de Comercio- confirmó la personería gremial de la Asociación Gremial de Computación (AGC) y su capacidad de representar colectivamente a los informáticos.

Esto no es así y veamos por qué.

1- ¿ANTECEDENTES?

1.- Mediante resolución Nº 239 del 29/11/2018 dictada por la entonces Secretaría de Gobierno, Trabajo y Empleo del Ministerio de Producción y Trabajo (en adelante “Resolución 239”), se otorgó personería gremial a la ASOCIACION GREMIAL DE COMPUTACION sobre el ámbito de actuación personal que agrupa a los “trabajadores que desarrollen tareas de operador, programador, analista, soporte técnico, desarrollo de sistemas, centro de cómputos, técnicos” en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires”.

2.- Posteriormente el Ministerio de Trabajo dictó la Resolución N°210/2018 (en adelante “Resolución 210”), que dispuso “revocar” lo resuelto en la anterior Resolución 239 por razones de “ilegitimidad”, dado que se había omitido citar a otras asociaciones sindicales a las que se estimaba interesadas en participar en dicho procedimiento.

3.- AGC interpuso una acción de amparo contra la Resolución 210, en los términos de los artículos 23, 25, 47, 61, 63 (Expediente 11156/2019) y normas concordantes de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551 (en adelante LAS) por considerar que la misma era nula, por carecer el Ministerio de atributos para dejar sin efecto una personería gremial ya otorgada.

4.- Con fecha 27/11/2019 la Jueza de 1era Instancia hace lugar a la acción promovida por AGC, revocando la Resolución N° 210 y sosteniendo la vigencia de la Resolución N° 239, sosteniendo que la Resolución 239 constituye un acto administrativo que goza de presunción de legitimidad y respecto del cual no se advierte, en lo formal, una irregularidad manifiesta en los actos previos a su dictado, con la cual se consolidó la investidura en la personería gremial de la AGC.

5.- La sentencia fue apelada por el Ministerio de Trabajo y con fecha 16 de marzo de 2020 y la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en la causa “ASOCIACIÓN GREMIAL DE COMPUTACIÓN C/ MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO DE LA NACIÓN Y OTRO S/ ACCIÓN DE AMPARO”, Expediente Nº 11.156/2019, confirma el pronunciamiento de 1era. instancia.  La sentencia está firme.

2- POR QUÉ LA PERSONERIA GREMIAL DE AGC NO ESTA FIRME

Los recursos y planteos efectuados por FAECYS y otros sindicatos para cuestionar la resolución del Ministerio de Trabajo que otorga personería gremial a AGC

Como la resolución del Ministerio de Trabajo afecta a un sinnúmero de sindicatos y Federaciones Gremiales existen actualmente varios planteos judiciales efectuados con la finalidad de cuestionar la personería gremial de AGC.  Por cuestiones lógicas, quien lo está haciendo con mayor ímpetu es FAECYS.

Analizaremos brevemente a continuación cada uno de estos planteos:

1- La Federación de Empleados de Comercios y Servicios (FAECYS) interpuso un recurso contra la resolución del Ministerio de Trabajo y -según refiere- lo hace pretendía hacerlo en términos de la ley 23.551. El recurso tramitó en el marco del expediente 12790/2020 y obtuvo sentencia definitiva el 20.08.2020. Allí la sala X de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, rechazó el planteo por considerar que FAECYS intentó cuestionar una sentencia judicial mediante una vía no prevista con este fin.

2- La Federación de Empleados, Comercios y Servicios (FAECYS) también cuestionó en los términos del inc. b del art. 62 de la ley 23.551 la resolución del Ministerio de Trabajo que otorgó personería gremial a AGC.

Este artículo dispone que es competencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo “Los recursos contra resoluciones administrativas definitivas que decidan sobre el otorgamiento, de personería gremial, encuadramiento sindical u otros actos administrativos de igual carácter, una vez agotada la instancia administrativa”.

Este recurso se encuentra actualmente radicado en la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Expte. 18765/2020). Todavía no se dictó sentencia.

Cabe destacar que por ser el primer expediente que se inició cuestionando la resolución del Ministerio de Trabajo está concentrando todos los otros expedientes que se iniciaron con la misma finalidad.

3- Además de FAECYS, los siguientes sindicatos también recurrieron del inc. b del art. 62 de la ley 23.551 la resolución que otorga personería gremial a AGC:

  • Sindicato de Seguros: el expediente donde tramita el recurso es el número 20183/2020
  • Sindicato de Trabajadores de espectáculos Públicos: el expediente donde tramita el recurso es el número 20198/2020
  • Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina:  el expediente donde tramita el recurso es el número 20218/2020
  • Asociación Bancaria: el expediente donde tramita el recurso es el número 20266/2020
  • Sindicato único de la publicidad: el expediente donde tramita el recurso es el número 20267/2020.

Todos estos expedientes fueron remitidos a la sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y acumulados al expediente donde tramita el recurso de FAECYS. Ello en virtud de que -como señala el dictamen del fiscal que sugiere la remisión- no sería lógico ni prudente que diferentes magistrados aborden el conocimiento simultáneo de un mismo asunto sujeto a decisión judicial. ESTOS RECURSOS ESTAN PENDIENTES DE RESOLCION POR LA SALA IX, Y MIENTRAS LO ESTEN LA ASOCION GREMIAL DE COMPUTACION NO TIENE PERSONERÍA GREMIAL FIRME PARA NEGOCIAR NINGUNA PARITARIA.-

Es decir mediante acción de amparo AGC logró que se declare la nulidad de la resolución 210 del Ministerio de Trabajo y se determine la vigencia de la resolución 239. Es importante destacar que no determina que AGC es quien debe representar a los trabajadores del software ni se expida respecto de la personería gremial sino que señala tacha de nulidad una resolución del Ministerio de Trabajo. Es en ese marco, que debe interpretarse el alance de los recursos interpuestos por los otros sindicatos, donde ya sí debe analizarse la procedencia de la personería gremial de AGC.

NUEVOS PASOS DE AGC.

1.- El 22.09.2020 AGC solicitó al Ministerio de Trabajo iniciar negociaciones paritarias y convocar a las siguientes Cámaras:

 ARGENCON

 ADVA – Asociación de Desarrolladores de Videojuegos Argentinos

 CABASE – Cámara Argentina de Internet (ex Cámara Argentina de Bases

 CADMIPyA – Cámara Argentina de Distribuidores Mayoristas de Informática, Productores y Afines

 CAF – Cámara Argentina de FinTech

 CESSI – Cámara de Empresas de Software y Servicios Informáticos

 CICOMRA – Cámara de Informática y Comunicaciones

2.- En el Expediente 33.917/2022, AGC inicia una acción de amparo contra la CESSI solicitando como medida cautelar que se ordene al Ministerio de Trabajo abrir a paritarias. Por sentencia de octubre de 2022 se rechaza la cautelar, porque refiere que el Ministerio de Trabajo informa que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido no existe ninguna entidad con personería gremial que agrupe específicamente al personal solicitado. Explica que en las actuaciones mencionadas “se presentaron diversos sindicatos que se opusieron al otorgamiento de la personería tramitada por la actora”, encontrándose los recursos en trámite ante la CNAT de conformidad a lo dispuesto en el art. 62 de la Ley 23.551 conforme al detalle que integra. En consecuencia, determina que AGC carece de aptitud para conformar, integrar y participar conforme al Decreto 200/1988 reglamentario de la ley 23546 de la comisión negociadora que pretende.

NO HAY NINGUN SINDICATO QUE TENGA HOY LEGITIMIDAD PARA REPRESENTAR A LOS EMPLEADOS DEL SOFTWARE, PORQUE LOS TRABAJADORES DEL SOFTWARE NO SE LA HAN DADO.

Son los trabajadores quienes deciden que un sindicato los represente y le den legitimidad. Las personas y empresas que desarrollan su actividad en las distintas aristas del software, sabe que los trabajadores de esa industria, hoy no quieren ser representados por ningún sindicato. Ellos negociando sus salarios en moneda extranjera con la empresa, buscan como empleadores las que le otorguen más beneficios, más flexibilidad para trabajar, etc., y que eso lo hacen individualmente. No quieren ni desean que en la defensa de sus intereses participen ningún Sindicato.

Entonces, ninguna Cámara que esté relacionada con el SOFTWARE tienen entidad moral para negociar cualquier cosa relacionada con sus empleados, porque saben que estos lo quieren negociar por si solos y no a través de un Sindicato.




Eugenio Maurette

Abogado especializado en Derecho Laboral y en la Seguridad Social, prestando permanente apoyo y asesoramiento a los sectores de Recursos Humanos de las empresas, como: 1.- Procesos de Adquisición 2.- Procesos de venta: 3.- Procesos de fusión. 4. Lanzamiento de nueva actividad 5.- Procesos de Reestructuración 6.- Procesos de Cierre: ha colaborado con clientes para el cierre de sus empresas. 7.- Circunstancias de crisis 8. Negociaciones con Gremios 9. Además de las actividades comentadas en los párrafos precedentes, brinda asesoramiento permanente en materia de derecho laboral individual a sus clientes.

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